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Los donativos o aportaciones que realices serán objeto de deducciones fiscales en el IRPF. Estas deducciones serán de un 75% para los primeros 150€ y entre un 30% y un 35% para el resto del importe de la donación. En el caso de tributar como «Persona jurídica» esta deducción podrá variar entre el 35% y el 40%.

* Según la legislación vigente (Título II de la Ley 49/2002, del 23 de diciembre).

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